ࡱ > [ ' bjbj Gv ΐ ΐ C C C C C W W W 8 l $ W 5 5 5 $ | H C ; " ; ; C C 5 5 l ; C 5 C 5 ; h 5 ^4D W d 1 w 0 A 3 C ( u! < " / ; ; ; ; : EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTICULOS 33 FRACCION XL, Y 39 DE LA CONSTITUCIN POLTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.- Que mediante oficio nmero DGG-428/2013 de fecha 11 de junio del ao en curso, se remiti a esta Soberana por conducto de la Direccin General de Gobierno, las iniciativas del Ejecutivo Estatal para otorgar pensiones por vejez a favor de los CC. Mara del Roco Villa Aguijosa, Jess Lorenzo Vzquez Requena y Carlos Arturo Chacn Briceo, cuyos expedientes le fueron turnados a la Comisin Dictaminadora mediante oficio nmero 0882/013 de fecha 13 de junio del ao actual, suscrito por los CC. Diputados Manuel Palacios Rodrguez y Yulenny Guylaine Corts Len, Secretarios de la Mesa Directiva en funciones. SEGUNDO.- Que el C. Lic. J. Reyes Rosas Barajas, Director General de Recursos Humanos de la Secretara de Finanzas y Administracin del Gobierno del Estado, con fundamento en el Captulo V, artculo 69, fraccin IX, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados de Colima, mediante oficios nmero DGRH/1535/2012, 2276/2012 y 0078/2013, de fechas 10 de agosto, 08 de noviembre de 2012 y 15 de enero de 2013, solicit al Ejecutivo del Estado la iniciacin del trmite para autorizar las pensiones por vejez a favor de los trabajadores que se mencionan en el considerando anterior. TERCERO.- Que la C. Mara del Roco Villa Aguijosa, actualmente se encuentra adscrita al Despacho del Secretario de Finanzas y Administracin, dependiente de la Secretara de Finanzas y Administracin, con la categora de Jefe de Oficina, plaza sindicalizada. Mientras que el C. Jess Lorenzo Vzquez Requena, actualmente se encuentra adscrito al Despacho del Secretario de Desarrollo Rural, dependiente de la Secretara de Desarrollo Rural, con la categora de Jefe A, plaza sindicalizada. Por su parte el C. Carlos Arturo Chacn Briceo, actualmente se encuentra adscrito a la Direccin de Contabilidad, dependiente de la Secretara de Finanzas y Administracin, con la categora de Auxiliar Administrativo, plaza sindicalizada. CUARTO.- Que la C. Mara del Roco Villa Aguijosa, naci el da 04 de marzo de 1949, segn lo acredita con la certificacin de nacimiento del acta nmero 513, correspondiente al ao de 1953, expedida por la Oficial 01 del Registro Civil de Lerma, Mxico, el da 14 de abril de 2008, acreditando una edad de 64 aos y cuenta con una antigedad de 26 aos 7 meses de servicio, de acuerdo con la constancia expedida por el Director General de Recursos Humanos de la Secretara de Finanzas y Administracin, con fecha 10 de agosto del ao 2012. Por su parte el C. Jess Lorenzo Vzquez Requena, naci el da 19 de marzo de 1952, segn lo acredita con la certificacin de nacimiento del acta nmero 01608, correspondiente al mismo ao, expedida por el Director del Registro Civil del Estado de Aguascalientes, el da 29 de junio de 2007, acreditando una edad de 61 aos, contando con una antigedad de 24 aos 05 mes de servicio de acuerdo con la constancia expedida por el Director General de Recursos Humanos de la Secretara de Finanzas y Administracin del Gobierno del Estado, con fecha 08 de noviembre del ao 2012. Mientras que el C. Carlos Arturo Chacn Briceo, naci el da 25 de noviembre de 1951, segn lo acredita con la certificacin de nacimiento del acta nmero 1688, correspondiente al mismo ao, expedida por el Director del Registro Civil del Estado de Colima, el da 02 de abril de 2008, acreditando una edad de 61 aos, contando con una antigedad acumulada de 20 aos 11 meses de servicio de acuerdo con la constancia expedida por el Director General de Recursos Humanos, de la Secretara de Finanzas y Administracin del Gobierno del Estado, con fecha 14 de enero del ao en curso. QUINTO.- Que la Comisin Dictaminadora en base a lo que establece el artculo 54 fraccin IV, del Reglamento de la Ley Orgnica del Poder Legislativo conoci del asunto y una vez analizada la documentacin enviada por el Titular del Poder Ejecutivo soporte de las iniciativas materia de este dictamen, consideran que de conformidad a lo que sealan el artculo 69 fraccin IX, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima y 33 fraccin XL de la Constitucin Local, es procedente concederles pensin por vejez a la C. Mara del Roco Villa Aguijosa, equivalente al 94.92% de su sueldo, correspondiente a la categora de Jefe de Oficina, plaza sindicalizada, adscrita al Despacho del Secretario de Finanzas y Administracin, dependiente de la Secretara de Finanzas y Administracin, y de acuerdo al clculo elaborado por la Direccin General de Recursos Humanos le corresponde una percepcin mensual de $29,216.53 y anual de $350,598.36; al C. Jess Lorenzo Vzquez Requena, equivalente al 81.32% de su sueldo correspondiente a la categora de Jefe A, plaza sindicalizada, adscrito al Despacho del Secretario de Desarrollo Rural, dependiente de la Secretara de Desarrollo Rural, y de acuerdo con el clculo elaborado por la Direccin General de Recursos Humanos le corresponde una percepcin mensual de $21,958.13 y anual de $263,497.56; y al C. Carlos Arturo Chacn Briceo, equivalente al 69.68% de su sueldo correspondiente a la categora de Auxiliar Administrativo, plaza sindicalizada, adscrito a la Direccin de Contabilidad, dependiente de la Secretara de Finanzas y Administracin, y de acuerdo con el clculo elaborado por la Direccin General de Recursos Humanos, le corresponde una percepcin mensual de $17,047.48 y anual de $204,569.76. Por lo anteriormente expuesto se expide el siguiente: D E C R E T O No. 129 ARTICULO PRIMERO.- Se concede pensin por vejez a la C. Mara del Roco Villa Aguijosa, equivalente al 94.92% de su sueldo correspondiente a la categora de Jefe de Oficina, plaza sindicalizada, adscrita al Despacho del Secretario de Finanzas y Administracin, dependiente de la Secretara de Finanzas y Administracin, pensin que deber pagarse con una percepcin mensual de $29,216.53 y anual de $350,598.36. Autorizando el Titular del Poder Ejecutivo para que se afecte la partida 45102 del Presupuesto de Egresos. ARTICULO SEGUNDO.- Se concede pensin por vejez al C. Jess Lorenzo Vzquez Requena, equivalente al 81.32% de su sueldo correspondiente a la categora de Jefe A, plaza sindicalizada, adscrito al Despacho del Secretario de Desarrollo Rural, dependiente de la Secretara de Desarrollo Rural, pensin que deber pagarse con una percepcin mensual de $21,958.13 y anual de $263,497.56. Autorizando el Titular del Poder Ejecutivo para que se afecte la partida 45102 del Presupuesto de Egresos. ARTICULO TERCERO.- Se concede pensin por vejez al C. Carlos Arturo Chacn Briceo, equivalente al 69.68% de su sueldo correspondiente a la categora de Auxiliar Administrativo, plaza sindicalizada, adscrito a la Direccin de Contabilidad, dependiente de la Secretara de Finanzas y Administracin, pensin que deber pagarse con una percepcin mensual de $17,047.48 y anual de $204,569.76. Autorizando el Titular del Poder Ejecutivo para que se afecte la partida 45102 del Presupuesto de Egresos. T R A N S I T O R I O : UNICO.- El Presente Decreto entrar en vigor al da siguiente de su publicacin en el Peridico Oficial EL ESTADO DE COLIMA. El Gobernador del Estado dispondr se publique, circule y observe. Dado en el Recinto Oficial del Poder Legislativo, a los veintitrs das del mes de julio del ao dos mil trece. C. HCTOR INSA GARCA DIPUTADO PRESIDENTE C. MANUEL PALACIOS RODRGUEZ C. YULENNY GUYLAINE CORTES LEN DIPUTADO SECRETARIO DIPUTADA SECRETARIA 2012-2015 H. CONGRESO DEL ESTADO DE COLIMA LVII LEGISLATURA PAGE \* MERGEFORMAT 3 2013, Ao del Centenario del Natalicio de la Maestra Griselda lvarez Ponce de Len, Primera Gobernadora del Pas. $ ( , : < @ E W \ ; k m v { ûûûðΙûעׁxע h` hI! aJ h` hcI aJ h` h^ce aJ h` aJ hA hJ aJ hJ aJ h` PJ aJ h` h` PJ aJ hJ PJ aJ hA hJ PJ aJ h` h` aJ h` h9 aJ h` h9 5\aJ h` hh aJ h hR CJ aJ - l m ' ( o p $]^a$gdR ]gdR $7$ 8$ H$ a$gdgE $a$gdQ/ $a$gd6 $a$gd9 $a$gd9 $a$gdR # % ' + 0 3 7 8 A B 3 ; < @ t v ٯٯٯٯǝǯ띑ٯ h` h9 5\aJ h` h aJ h` h6 aJ h` h: aJ h` hw? aJ h` aJ h` hE$ aJ h` h>% aJ h` h9 aJ h` hcI aJ h` hX : aJ hJ aJ hXm aJ 9 ? @ E a d x | " $ ) * + hW aJ h` h&- aJ h` hQ/ aJ h` h aJ h` h 5aJ h aJ h` aJ h` h aJ h` h6 aJ h` hc` aJ h` hE$ aJ hJ aJ >+ 1 = ? % ' + 0 6 8 # % * , L M S U & ' ( o p ⸯ h aJ h` hK aJ h` h&- aJ hn aJ hW hW aJ h` hW aJ h` h aJ h` hc` aJ hW aJ h` aJ h` hQ/ aJ h` h6 aJ