H. Congreso del Estado de Colima
La Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado convoca a los Ayuntamientos de la Entidad, a los Colegios de Profesionistas, Organismos Públicos, Instituciones Públicas, Instituciones Educativas Públicas y Privadas, Asociaciones y Sociedades Civiles, y a la Ciudadanía en General, a inscribir hasta este viernes 29 de septiembre, a aquellas personas que tengan una destacada trayectoria y aportaciones en el ámbito médico, para la obtención de la Presea al Mérito Médico “Dr. Miguel Trejo Ochoa”, en su edición 2023.
Esta inscripción de propuestas, con vigencia hasta este viernes 29 de septiembre del año en curso, en un horario de 09:00 nueve a 15:00 quince horas, se hace por conducto de la Secretaría General del H. Congreso del Estado de Colima, cuya oficina se encuentra ubicada en Calzada Pedro A. Galván, esquina con calle Los Regalado S/N, Zona Centro, en la Ciudad de Colima. La Secretaría General emitirá un recibo en el que conste, cuáles son los documentos que recibe, así como las fojas que los integran.
De acuerdo con la convocatoria, las propuestas se formularán por escrito, con sus documentos en copia simple y debidamente digitalizados en formato PDF, agregados en un dispositivo de almacenamiento USB. Por cada aspirante deberán entregar los siguientes requisitos:
I. Título y Cédula Profesional de Médico;
II. Constancia de residencia, con una antigüedad no mayor a 30 días naturales.
III. Carta firmada por la persona aspirante o propuesta, en la que manifieste su voluntad expresa de participar a recibir la Presea, a su vez, que ha leído y acepta las bases y procedimientos contenidos en la presente convocatoria.
IV. Reseña curricular, en un máximo de tres cuartillas, en la que se señale la formación académica, especialización, certificación y recertificación, si la hubiera, experiencia profesional, su destacada trayectoria en el ámbito médico y aportaciones que pudiesen tener en el ámbito social, académico y/o de investigación, debiendo incluir sus datos de teléfono, domicilio y correo electrónico.
V. Escrito libre, en el que señalen los motivos por los cuales se postula o se propone.
VI. Deberá adjuntarse a la propuesta, toda aquella documentación, pública o privada, que se considere necesaria para la comprobación de los actos y actividades a que se hace mención en la fracción IV.
Para determinar a la persona merecedora de dicha Presea, se integrará un Comité, el cual estará conformado, por un representante de la Comisión de Salud y Deporte; de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, ambas del H. Congreso del Estado de Colima, del Colegio de Médicos del Estado de Colima y de la Secretaría de Salud del Gobierno del Estado, quienes se encargarán de revisar y calificar la idoneidad de cada una de las personas propuestas; siendo las Comisiones conjuntas de Salud y Deporte, así como la de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, las encargadas de elaborar y presentar el Dictamen al Pleno del H. Congreso del Estado de Colima.
La entrega de este galardón se hará en Sesión Solemne que a efecto convoque el H. Congreso del Estado de Colima, preferentemente el día 23 de octubre de 2023, en el marco del Día Social del Médico.
Revisa la convocatoria completa en el siguiente enlace:
https://congresocol.gob.mx/web/Sistema/uploads/convocatorias/convocatoria%20merito%20medico%202023.pdf
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Personal del H. Congreso del Estado de Colima participó en el Segundo Simulacro Nacional 2023, con motivo del Día Nacional de Protección Civil. Se contó con la presencia de personal operativo de la UEPC para verificar el buen accionar de las personas participantes
La Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado convoca a los Ayuntamientos de la Entidad, a los Colegios de Profesionistas, Organismos Públicos, Instituciones Públicas, Instituciones Educativas Públicas y Privadas, Asociaciones y Sociedades Civiles, y a la Ciudadanía en General, a inscribir a aquellas personas que tengan una destacada trayectoria y aportaciones en el ámbito médico, para la obtención de la Presea al Mérito Médico “Dr. Miguel Trejo Ochoa”, en su edición 2023.
La diputada Andrea Naranjo Alcaraz, Presidenta de la Comisión de Salud y Deporte; la diputada Myriam Gudiño Espíndola, Presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, acompañadas de la Dra. Damfne Goretti Delgado Machuca, Presidenta del Colegio de Médicos del Estado de Colima, así como del Dr. Arturo Ordoñez Ayala, en representación de la Dra. Martha Janeth Espinosa Mejía, Secretaría de Salud del Gobierno del Estado de Colima, convocaron a esta entrega anual de la Presea “Dr. Miguel Trejo Ochoa”, la cual se otorgará a aquella persona que tenga una destacada trayectoria y aportaciones en el ámbito médico todos del estado de Colima.
De acuerdo con la convocatoria, las propuestas se formularán por escrito, con sus documentos en copia simple y debidamente digitalizados en formato PDF, agregados en un dispositivo de almacenamiento USB. Por cada aspirante deberán entregar los siguientes requisitos:
I. Título y Cédula Profesional de Médico;
II. Constancia de residencia, con una antigüedad no mayor a 30 días naturales.
III. Carta firmada por la persona aspirante o propuesta, en la que manifieste su voluntad expresa de participar a recibir la Presea, a su vez, que ha leído y acepta las bases y procedimientos contenidos en la presente convocatoria.
IV. Reseña curricular, en un máximo de tres cuartillas, en la que se señale la formación académica, especialización, certificación y recertificación, si la hubiera, experiencia profesional, su destacada trayectoria en el ámbito médico y aportaciones que pudiesen tener en el ámbito social, académico y/o de investigación, debiendo incluir sus datos de teléfono, domicilio y correo electrónico.
V. Escrito libre, en el que señalen los motivos por los cuales se postula o se propone.
VI. Deberá adjuntarse a la propuesta, toda aquella documentación, pública o privada, que se considere necesaria para la comprobación de los actos y actividades a que se hace mención en la fracción IV.
Es importante señalar que el plazo para la entrega de propuestas será hasta el viernes 29 de septiembre del año en curso, en un horario de 09:00 nueve a 15:00 quince horas, por conducto de la Secretaría General del H. Congreso del Estado de Colima, cuya oficina se encuentra ubicada en Calzada Pedro A. Galván, esquina con calle Los Regalado S/N, Zona Centro, en la Ciudad de Colima. La Secretaría General emitirá un recibo en el que conste, cuáles son los documentos que recibe, así como las fojas que los integran.
Para determinar a la persona merecedora de dicha Presea, se integrará un Comité, el cual estará conformado, por un representante de la Comisión de Salud y Deporte; de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, ambas del H. Congreso del Estado de Colima, del Colegio de Médicos del Estado de Colima y de la Secretaría de Salud del Gobierno del Estado, quienes se encargarán de revisar y calificar la idoneidad de cada una de las personas propuestas; siendo las Comisiones conjuntas de Salud y Deporte, así como la de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, las encargadas de elaborar y presentar el Dictamen al Pleno del H. Congreso del Estado de Colima.
La entrega de este galardón se hará en Sesión Solemne que a efecto convoque el H. Congreso del Estado de Colima, preferentemente el día 23 de octubre de 2023, en el marco del Día Social del Médico.
Revisa la convocatoria completa en el siguiente enlace:
https://congresocol.gob.mx/web/Sistema/uploads/convocatorias/convocatoria%20merito%20medico%202023.pdf
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Este martes, la diputada presidenta de la Comisión Permanente, Kathia Zared Castillo Hernández, llevó a cabo los trabajos de la tercera sesión de la referida comisión, en actividad de este Segundo Periodo de Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional del H. Congreso del Estado.
Una vez aprobados los puntos del orden del día, la diputada Kathia Castillo dio por clausurada esta sesión y citó a la próxima para el lunes 18 de septiembre del presente, a las 12:00 horas.
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Durante la más reciente sesión ordinaria de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado, las y los diputados aprobaron reformar el segundo párrafo del Artículo 75 de la Ley para la Protección de los Adultos Mayores del Estado de Colima, con la finalidad de promover la defensa y respeto de los derechos de las personas adultas mayores, generando el mecanismo correcto sobre las sanciones a toda persona, ya sea familiar o no, que viole los derechos humanos de la población adulta mayor, y en ese sentido, que toda infracción cometida sea canalizada a la Procuraduría de la Defensa del Adulto Mayor del Estado.
Presentado en tribuna por la diputada Sonia Hernández, el Decreto aprobado tiene el objetivo de diferenciar las infracciones familiares de aquellas que son cometidas por quienes no lo son, así como que sea la Procuraduría de la Defensa del Adulto Mayor para el Estado de Colima la que conozca y sancione esas conductas, procurando en todo momento, la atención a las personas adultas mayores en situación de riesgo o desamparo.
De igual manera, se busca marcar la pauta para que, a través de los ordenamientos legales, reconozcamos los derechos de todas las personas, y que, en caso de omisiones, se actúe de manera pronta.
El Decreto aprobado reforma el segundo párrafo del Artículo 75 de la Ley para la Protección de los Adultos Mayores del Estado de Colima, para quedar en los siguientes términos:
“Artículo 75.- Todas las infracciones a las disposiciones contenidas en esta Ley, se harán del conocimiento de la o el Directo General quien la canalizará ante la Procuraduría de la Defensa del Adulto Mayor del Estado de Colima para que, de conformidad a la gravedad de la falta, sean denunciadas ante la autoridad competente, a efecto de que ésta, aplique la sanción correspondiente. En los casos de infracciones por incumplimiento a los deberes familiares, contenidos en el capítulo IV del Título Tercero de la presente Ley, así como de las infracciones que cometa una persona que no sea familiar de la o el adulto mayor, serán canalizados a la Procuraduría de la Defensa del Adulto Mayor del Estado de Colima, quien depende y se encuentra bajo supervisión de la persona Titular del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley”.
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En la más reciente sesión ordinaria, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura aprobaron reformar los numerales del articulo Artículo 31 de la Ley para la Prevención y Atención a la Violencia Familiar, con la finalidad de actualizar los parámetros de actuación de las y los funcionarios que, conforme sus atribuciones conozcan de la manifestación de una persona sea receptora de violencia familiar, con el fin de que su conducción sea garantizando en todo momento sus derechos fundamentales, su integridad y su pronta canalización con las autoridades competentes de su atención.
De acuerdo con el Decreto aprobado, presentado en tribuna por la diputada Kathia Zared Castillo Hernández, se reforma el Artículo 31 de la Ley para la Prevención y Atención a la Violencia familiar, para quedar como sigue:
“ARTICULO 31. Siempre que una o un servidor público de las dependencias señaladas por esta Ley, interviniere en el uso de sus funciones, con una persona que manifieste ser receptora de la violencia familiar, deberá:
I. Tratarla con respeto a su integridad y el ejercicio pleno de sus derechos;
II. Asesorarla en lo relativo a la importancia de preservar las pruebas que se tengan al respecto de la conducta de la persona agresora;
III. Proporcionarle información clara, sencilla y suficiente sobre sus derechos y de las órdenes de protección, así como de los servicios públicos o privados disponibles para su caso en particular, que le permita decidir sobre las opciones de atención; La Agencia del Ministerio Público Especializada y la Defensoría de Oficio en su caso, cumplirán con esta obligación, respetando la voluntad de la persona receptora en cuanto al procedimiento que decida, sin inducir ninguna práctica conciliatoria o de negociación;
IV. Canalizarla de inmediato, dependiendo de su propia competencia, a alguna institución de salud, al Consejo Estatal para la Prevención y Atención a la Violencia Familiar y a la Fiscalía General de Justicia del Estado, cuando la persona indique que ha sufrido golpes, heridas o cualquier daño físico aunque éste no sea visible, o de tipo emocional, que requiera intervención médica, sin perjuicio de que se le sea proporcionada la ayuda urgente necesaria. También, cuando la persona exprese temor de sufrir agresiones probablemente graves en su persona o sus familiares o encontrarse en estado de riesgo;
V. Cuando la persona esté en condiciones de proporcionar información, el o la servidora pública, recabará los datos iniciales dejando constancia de las gestiones y canalizaciones realizadas, con la firma de la persona receptora, para el seguimiento del caso y demás efectos señalados en el segundo párrafo del artículo 5º de la presente ley;
VI. Proteger la identidad de la persona receptora de la violencia familiar, incluyendo la publicación de nombres o datos que permitan conocer o deducir su filiación, a través de los medios de comunicación;
y VII. Las demás que establezca esta Ley, su Reglamento y otras disposiciones legales aplicables”.
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Durante la última sesión ordinaria, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura aprobaron reformar los artículos 9 y 12 de la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Colima, con la finalidad de fomentar y fortalecer la cultura de la denuncia, generando la posibilidad de la presentación de denuncias anónimas en materia ambiental, quedando a consideración de las autoridades su admisión o su desecho, dada la naturaleza de los hechos y datos ofrecidos.
Acorde con el Decreto aprobado, presentado en tribuna por el diputado Alfredo Álvarez Ramírez, el propósito de este es la protección y defensa del medio ambiente, generando mayor seguridad para los denunciantes de hechos que pueden ser considerados como delitos o faltas que afecten el medio ambiente.
Por tanto, con su aprobación, mediante este Decreto se reforman los artículos 9, 12 y 13 de la Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Colima, para quedar como sigue:
“ARTÍCULO 9º.- Sin perjuicio de lo anterior, los interesados podrán presentar su denuncia directamente ante el Ministerio Público si consideran que el hecho, acto u omisión de que se trate pueden ser constitutivos de algún delito, en cuyo caso deberá sujetarse a lo dispuesto por el Código Nacional de Procedimientos Penales”.
“ARTÍCULO 12.- No se admitirán las denuncias notoriamente improcedentes o inexistencia de petición, se desecharán y notificarán al denunciante y para el caso, de denuncias anónimas deberá hacerse pública en los medios digitales que tenga a su alcance la autoridad ambiental”.
“ARTÍCULO 13.- Para el caso de denuncias anónimas, estas podrán presentarse vía telefónica; electrónica en los medios digitales que tenga a su alcance la autoridad ambiental; de manera presencial, esta última cuando así se solicite a la autoridad ambiental competente guardar secreto respecto de su identidad, por razones de seguridad e interés particular, la autoridad ambiental llevará a cabo el seguimiento de la denuncia conforme a las atribuciones que le otorgan la presente Ley y demás disposiciones jurídicas. En dicha denuncia por lo menos deberá proporcionarse hechos claros, circunstancias de tiempo y lugar, de ser posible, datos o pruebas que permitan identificar al presunto infractor o localizar la fuente contaminante. La autoridad ambiental competente determinará, dada la naturaleza de los hechos denunciados y datos ofrecidos, su procedencia o desechamiento. En aquellos casos en que, de la denuncia anónima se desprendan actos u omisiones que pudieran constituir delitos contra el ambiente, la autoridad ambiental formulará denuncia inmediata ante el Ministerio Público”.
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Este lunes, la diputada presidenta de la Comisión Permanente, Kathia Zared Castillo Hernández, lideró los trabajos de la segunda sesión de esta comisión durante el Segundo Periodo de Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, correspondientes al mes de septiembre de 2023.
Aprobados los puntos del orden del día, la presidenta de la Comisión Permanente declaró clausurada la segunda sesión y citó a la próxima para el martes 12 de septiembre a las 10:00 horas.
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Durante la última sesión ordinaria, realizada el pasado jueves 31 de agosto, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura aprobaron estímulos fiscales en beneficio de las y los contribuyentes del Municipio de Colima, al igual que de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, así como de contribuyentes del Municipio de Villa de Álvarez.
En cuanto a los estímulos fiscales en beneficio de contribuyentes del Municipio de Colima, se detallan a continuación:
“ARTÍCULO PRIMERO.- Por medio del presente Decreto se otorgan estímulos fiscales a favor de los contribuyentes del Municipio de Colima, con el objeto de que la ciudadanía regularice su situación fiscal, y que las contribuciones se cubran por excepción a la autoridad municipal en los términos que disponen los artículos siguientes”.
“ARTÍCULO SEGUNDO.- Se autoriza, en el caso de los predios que tienen morosidad, el descuento del 100 por ciento de los recargos y las multas impuestas por la falta de pago oportuno del impuesto predial, correspondiente al ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores. Los beneficios contemplados en este artículo aplicarán siempre y cuando durante la vigencia del presente Decreto, el contribuyente cumpla con su obligación de pago en una sola exhibición y se ponga al corriente hasta este ejercicio fiscal 2023”.
“ARTÍCULO TERCERO.- De conformidad al primer párrafo del artículo 2 de la Ley de Ingresos del Municipio de Colima para el ejercicio fiscal 2023, los pagos al amparo del presente Decreto deberán ser efectuados por los contribuyentes en efectivo, con cheque certificado, con tarjeta de crédito, tarjeta de débito o transferencia de fondos referenciada o electrónica en las Cajas Recaudadoras del Municipio, tiendas de conveniencia o sucursales de las instituciones bancarias con las cuales el Municipio tenga celebrado convenios para tal efecto”.
“ARTÍCULO CUARTO.- Serán excluidos de los beneficios que contempla este Decreto, toda contribución cuya obligación de pago se encuentre controvertida con trámites judiciales y/o administrativos pendientes, referentes a los cobros de los que es sujeto por parte del Ayuntamiento de Colima; salvo que en el periodo de la vigencia del presente ordenamiento, los contribuyentes interesados acrediten plenamente ante la autoridad fiscal municipal el desistimiento de los procedimientos que correspondan”.
“ARTÍCULO QUINTO.- Se excluye de lo autorizado en el presente Decreto, a aquellos contribuyentes que hayan signado convenio o pago en parcialidades con la Tesorería Municipal”.
Finalmente, en lo referente a los estímulos fiscales para contribuyentes del Municipio de Colima, el Decreto entró en vigor a partir del día hábil siguiente al de su aprobación por el Poder Legislativo del Estado de Colima, y permanecerá vigente hasta el día 31 de diciembre de 2023.
Estímulos fiscales en beneficio de contribuyentes tecomenses
Aprobados en la última sesión ordinaria, se enlistan a continuación los estímulos fiscales en beneficio de contribuyentes de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tecomán (COMAPAT):
“ARTÍCULO PRIMERO.- Por medio del presente Decreto se autoriza a la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Tecomán, Colima, para que confiera a favor de sus usuarios los estímulos fiscales que se describen en los artículos siguientes”.
“ARTÍCULO SEGUNDO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento en las multas y los recargos generados, por la falta de pago oportuno de los derechos por la prestación de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado y saneamiento, respecto del ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores”.
“ARTÍCULO TERCERO.- Se autoriza el descuento del 50 por ciento en el pago de los derechos por la prestación de los servicios públicos de agua potable, alcantarillado y saneamiento, respecto del ejercicio fiscal 2022 y ejercicios fiscales anteriores”.
“ARTÍCULO CUARTO.- Se autoriza el descuento del 8 por ciento a favor de los usuarios que paguen por anualidad anticipada los servicios públicos de agua potable, alcantarillado y saneamiento, respecto del ejercicio fiscal 2023”,
“ARTÍCULO QUINTO.- Se autoriza el descuento del 50 por ciento a favor de los usuarios que acrediten tener la calidad de pensionados o jubilados, así como de aquellos usuarios adultos mayores y personas con discapacidad, que paguen por anualidad anticipada los servicios públicos de agua potable, alcantarillado y saneamiento, respecto del ejercicio fiscal 2023”.
Este Decreto aprobado, referente a estímulos para contribuyentes de COMAPAT, entró en vigor el día hábil siguiente al de su aprobación por el Poder Legislativo del Estado de Colima, y permanecerá vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.
Estímulos fiscales para villalvarenses
De igual manera, en esta sesión ordinaria, se aprobaron estímulos fiscales en beneficio de contribuyentes del Municipio de Villa de Álvarez, los cuales se enlistan a continuación:
“ARTÍCULO PRIMERO.- Por medio del presente Decreto se otorgan estímulos fiscales a favor de los contribuyentes del Municipio de Villa de Álvarez, Colima, para que las contribuciones se cubran por excepción a la autoridad municipal, mediante el pago en una sola exhibición, en los términos que disponen los artículos siguientes”.
“ARTÍCULO SEGUNDO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y las multas impuestas por la falta de pago oportuno del impuesto predial, respecto del ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores, a favor de los contribuyentes que paguen el impuesto predial por anualidad adelantada, correspondiente al ejercicio fiscal 2023, durante la vigencia del presente Decreto”.
“ARTÍCULO TERCERO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados, así como el 50 por ciento de las multas impuestas, por la falta de pago oportuno de los derechos por el refrendo de licencias comerciales, industriales y de servicios, así como de licencias para el funcionamiento de establecimientos o locales cuyos giros sean la venta de bebidas alcohólicas, respecto del ejercicio fiscal 2023”.
“ARTÍCULO CUARTO.- Se autoriza la ampliación del plazo para el refrendo de licencias para el funcionamiento de establecimientos o locales cuyos giros sean la venta y consumo de bebidas alcohólicas”.
“ARTÍCULO QUINTO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y de las multas impuestas por la falta de pago oportuno de los derechos por limpieza de lotes en propiedad particular del cementerio municipal, respecto del ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores”.
“ARTÍCULO SEXTO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y de las multas impuestas por la falta de pago oportuno de los derechos inherentes a la prestación de los servicios especiales de limpieza de predios baldíos, respecto del ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores”.
“ARTÍCULO SÉPTIMO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados por la falta de pago oportuno de las multas de orden administrativo impuestas, derivadas de infracciones en materia de tránsito y vialidad, respecto del ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores”.
“ARTÍCULO OCTAVO.- Se autoriza el descuento del 50 por ciento en el cobro de las multas impuestas por infracciones a las disposiciones contenidas en el Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Villa de Álvarez, respecto del ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores”.
“ARTÍCULO NOVENO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados por la falta de pago oportuno de infracciones impuestas en materia de desarrollo urbano, por lo que ve a los conceptos de licencias de construcción y remodelación de obras; y en materia de uso de vías públicas, en los conceptos de materiales para la construcción y escombro; así como el descuento del 100 por ciento en el cobro de multas impuestas por pago extemporáneo de los mismos conceptos, respecto del ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores”.
“ARTÍCULO DÉCIMO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y de las multas impuestas por la falta de pago oportuno de infracciones en materia de ecología, comprendidas en el Reglamento Ambiental del Ayuntamiento de Villa de Álvarez, Colima; respecto del ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores”.
“ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y de las multas impuestas por el incumplimiento a lo estipulado en los convenios de pago en parcialidades que, respecto de los derechos por la prestación de los servicios en materia de cementerios, y en relación a los ejercicios fiscales 2023 y anteriores, han suscrito los contribuyentes con las autoridades fiscales del municipio de Villa de Álvarez, Colima”.
“ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO.- Se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados, así como del 50 por ciento de las multas impuestas, por el incumplimiento a lo estipulado en los convenios de pago en parcialidades que, respecto de los derechos por la prestación de los servicios especiales de aseo público, consistente en la recolección domiciliaria de residuos sólidos, y en relación a los ejercicios fiscales 2023 y anteriores, han suscrito los contribuyentes con las autoridades fiscales del municipio de Villa de Álvarez Colima”.
“ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO.- Los estímulos fiscales contenidos en el presente Decreto, por medio de los cuales se autoriza el descuento del 100 por ciento de las multas generadas por la falta de pago oportuno de impuestos, derechos y aprovechamientos, estarán supeditados a que el contribuyente regularice el pago del impuesto predial respecto del ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores”.
Cabe destacar que este Decreto aprobado, referente a contribuyentes villavarenses, entró en vigor a partir del hábil siguiente al de su aprobación por el Poder Legislativo del Estado de Colima, y permanecerá vigente hasta el día 31 de diciembre de 2023.
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+ Entrará en vigor el día 02 de octubre y permanecerá vigente hasta el 15 de diciembre del presente año.
Durante la sesión ordinaria de este jueves, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado aprobaron el programa temporal para otorgar el descuento del 50 por ciento del costo de los derechos por la prestación de los servicios de expedición y renovación de licencias para conducir vehículos de motor e identificaciones de choferes y conductores de vehículos de servicio público de pasajeros.
A iniciativas por separado del diputado Armando Reyna Magaña y el Grupo Parlamentario del Partido MORENA, así como del legislador Crispín Guerra Cárdenas y el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, dictaminadas por la Comisión de Hacienda, Fiscalización y Cuenta Pública del Poder Legislativo, en este Decreto se refiere que al tratarse de un documento oficial que certifica y permite a todo conductor de vehículos motorizados transitar libremente por vías públicas y carreteras del país, la licencia de conducir es de uso obligatorio; por lo tanto, es imprescindible que toda persona que, por alguna circunstancia, no cuente con la misma, o que ésta haya perdido su vigencia, deba, necesariamente, tramitar su adquisición, sin que ello le represente sufragar la totalidad de su costo, de acuerdo a las categorías y cuotas previstas en la fracción I, del artículo 55 B, de la Ley de Hacienda para el Estado de Colima.
Por tanto, este Decreto expone en su Artículo Primero que se aprueba el programa temporal para otorgar el descuento del 50 por ciento del costo de los derechos por la prestación de los servicios de expedición y renovación de licencias para conducir vehículos de motor e identificaciones de choferes y conductores de vehículos de servicio público de pasajeros, a partir del 02 de octubre y hasta el 15 de diciembre de 2023.
Mientras que, en su Artículo Segundo, refiere que “los estímulos fiscales contenidos en el artículo anterior se otorgarán a favor de los habitantes del Estado de Colima, que acudan a las oficinas centrales de la Subsecretaría de Movilidad, a las Direcciones Regionales de dicha dependencia, ubicadas en los municipios de Colima, Manzanillo y Tecomán, a los Kioscos de Servicios del Gobierno del Estado, y a las Unidades Móviles que la Subsecretaría de Movilidad designe para dicho fin”.
Dentro de sus transitorios, expone que el Decreto aprobado entrará en vigor el día 02 de octubre de 2023, posterior a su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”, y permanecerá vigente hasta el 15 de diciembre del mismo año.
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Este viernes, la diputada presidenta de la Comisión Permanente, Kathia Zared Castillo Hernández, instaló los trabajos a desarrollarse durante el Segundo Periodo de Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, correspondientes al mes de septiembre de 2023.
La mencionada Comisión Permanente quedó conformada de la siguiente manera:
Presidencia: Kathia Castillo
Vicepresidencia: Myriam Gudiño
Secretaría: Alfredo Álvarez
Secretaría: Patricia Ceballos
Vocalía: Julio Cano
Vocalía: Priscila García
Vocalía: David Grajales
Aprobados los puntos del orden del día, la presidenta de la Comisión Permanente declaró clausurada la Sesión de Instalación de la misma y citó a próxima sesión para el lunes 4 de septiembre a las 9:30 horas.
En esta sesión también estuvo presente el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política (JUCOPO) de la Sexagésima Legislatura, diputado Armando Reyna Magaña.
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La diputada Yommira Carrillo Barreto, presidenta de la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado durante este mes de agosto, declaró formalmente clausurado el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones, correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Legislatura del Estado Libre y Soberano de Colima, en el que se llevaron a cabo 17 sesiones ordinarias y 06 sesiones solemnes, en las cuales se reflejó un trabajo legislativo que ha generado “beneficios para todas y todos los colimenses y han permitido el fortalecimiento de las instituciones públicas, mediante reformas a la Constitución Estatal; reformas y expedición de normativa secundaria; el proceso de revisión y fiscalización de las cuentas públicas, así como la aprobación de diversos incentivos fiscales”.
En sesiones ordinarias, destacó “la aprobación de reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, en beneficio de niñas, niños, adolescentes y las juventudes; así como la aprobación de dos Minutas Constitucionales, la primera por la que se reforman los artículos 55 y 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Edad Mínima para ocupar un cargo público; y la segunda por la que se reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público”.
Se crearon las leyes para la Promoción y Desarrollo Agroecológico en el Estado de Colima, así como la expedición de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima. Se aprobó la declaración del “Día Estatal en Defensa de la Herbolaria y Medicina Natural” y del “Día Estatal de las Personas con Discapacidad”, además se declaró la Comida Tradicional Colimense como Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado, declarando el 19 de noviembre de cada año “Día Estatal de la Gastronomía Tradicional Colimense”. También se aprobó reformar la Ley que Crea Premios y Estímulos para los Colimenses, con el objetivo de reconocer a las abogadas y abogados por su relevancia social del trabajo que realizan en los diversos ámbitos en que se desarrollan profesionalmente.
En sesiones solemnes, destacó la realización del informe anual de actividades del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima; se entregó el “Premio Estatal al Cuidado del Medio Ambiente”, en su primera edición 2023; así como la entrega del “Premio Estatal de Periodismo”, en su edición 2023; se celebró el “Premio Estatal de Psicología”, en su primera edición 2023; se develó una placa en letras color oro en el Recinto Legislativo del H. Congreso del Estado de Colima con la leyenda “2023, AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DEL 500 ANIVERSARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA VILLA DE COLIMA”; y por último se entregó el “Premio a los Adultos Mayores” en su edición 2023.
Carrillo Barreto expuso que el trabajo legislativo desarrollado por el Pleno de este H. Congreso del Estado durante el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo Año de Ejercicio Constitucional consta hasta el día de hoy de un total de 86 Decretos, 6 Acuerdos, y 29 Puntos de Acuerdo, de los cuales fueron aprobados 6 y desechados 23. Durante las sesiones previas se presentaron 95 iniciativas, de las cuales 34 fueron aprobadas, 1 se retiró y 1 se dejó sin efectos; quedando 59 pendientes de dictaminar, las cuales se encuentran en comisiones para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.
Refirió que los decretos aprobados corresponden del 264 al 341, en cuanto a los Acuerdos Legislativos corresponden del 53 al 57; y los Puntos de Acuerdo del 102 al 130.
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Legisladoras y legisladores de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado, aprobaron este jueves, en Sesión Ordinaria, un Punto Acuerdo mediante el que se solicita “a la Auditoria Superior de la Federación, (ASF), audite y de seguimiento a la correcta aplicación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS), respecto al dictamen de aprobación del listado de obras prioritarias que se incorporaron al Plan Operativo Anual 2023, (POA) del H. Ayuntamiento Constitucional de Colima, y de encontrarse irregularidades en el manejo, custodia y aplicación de los fondos y recursos públicos de dicho fondo federal asignado a los Municipios, determine las responsabilidades y promueva las sanciones que correspondan de acuerdo con la Constitución Federal y la ley respectiva”
Presentado en tribuna por el diputado Alfredo Álvarez Ramírez, este Punto de Acuerdo expone que el mencionado fondo “es otorgado por el Gobierno de la Republica a los Municipios, en pro de generar un país más justo, reducir las brechas de desigualdad al generar las condiciones de infraestructura social básica, priorizando a los grupos históricamente discriminados, entre los que se encuentran mujeres, personas con discapacidad, población indígena y población afro-mexicana”,
Álvarez Ramírez abundó que “es por ello que como diputado local representando al Tercer Distrito del Municipio de Colima e integrante del Grupo Parlamentario de Morena en esta Sexagésima Legislatura, teniendo un diálogo responsable y un análisis minucioso y objetivo del Plan Operativo Anual Municipal 2023, en conjunto con los dos compañeros Regidores de la fracción de Morena en el Cabildo Capitalino; observamos con preocupación, que la Presidenta Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Colima, Margarita Moreno González, viene aplicando el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, en algunas obras que no son prioritarias y que no beneficien directamente a la población del municipio de Colima en pobreza extrema, y a grupos vulnerables que históricamente han sido discriminados”.
Este Punto de Acuerdo aprobado también “solicita a la Mtra. Indira Isabel García Pérez, conforme lo establece el Artículo 36 de la Constitución Política del Estado de Colima, ejerza auditoria especial a la Cuenta Pública del H. Ayuntamiento de Colima del ejercicio fiscal 2023, respecto al dictamen de aprobación del listado de obras prioritarias que se incorporaron al Plan Operativo Anual 2023, (POA); donde se ejecutan con los recursos económicos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS), y de encontrarse irregularidades en el manejo, custodia y aplicación de los fondos y recursos públicos en dicho Fondo Federal, determine las responsabilidades y promueva las sanciones que correspondan de acuerdo con nuestra Constitución local y la ley respectiva”.
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Las y los diputados quienes integran la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado, aprobaron exentar temporalmente, durante la vigencia de la campaña denominada “Septiembre Mes del Testamento”, el pago total del derecho por la inscripción de avisos de otorgamiento de testamento, cuyas personas beneficiarias serán aquellas que otorguen su testamento ante Notario Público del Estado de Colima.
De acuerdo con la iniciativa enviada por la Gobernadora Constitucional del Estado de Colima, Indira Vizcaíno Silva, presentada en tribuna por la diputada Andrea Naranjo Alcaraz, se pretende fomentar el otorgamiento del testamento, e impulsar una cultura de previsión, de certeza y legalidad en el derecho a heredar.
De acuerdo con el Artículo Primero de este Decreto, “se exenta temporalmente, durante la vigencia de la Campaña denominada “Septiembre Mes del Testamento”, comprendido en el periodo del 01 (primero) de septiembre al 31 (treinta y uno) de octubre del 2023 (dos mil veintitrés), el pago total del derecho por la inscripción de avisos de otorgamiento de testamento, contemplado en el artículo 48, fracción VIII, de la Ley de Hacienda para el Estado de Colima. Las personas beneficiarias de la exención a que se refiere el párrafo anterior serán aquellas que otorguen su testamento ante Notario Público del Estado de Colima durante el periodo indicado”.
En su Artículo Segundo se señala que “la Secretaría General de Gobierno realizará la prestación del servicio de inscripción de aviso de otorgamiento de testamento, sin exigir el comprobante de pago de ese derecho, de aquellos testamentos que se otorgaren durante la vigencia de la campaña “Septiembre Mes del Testamento”, comprendido en el periodo que se indica en el artículo anterior”.
Mientras que en su Artículo Tercero expone que “todos los avisos de testamento que se presenten para su registro en la Secretaría General de Gobierno que no se encuentren en los supuestos del artículo primero del presente Decreto, deberán de pagar el derecho contemplado en el artículo 48, fracción VIII de la Ley de Hacienda para el Estado de Colima”.
Finalmente, se señala que este Decreto entrará en vigor el día 01 de septiembre de 2023, previa publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”, y permanecerá vigente hasta el día 31 de octubre de 2023.
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Durante la Sesión Ordinaria de ayer lunes 28 de agosto, las diputadas y diputados de la Sexagésima Legislatura aprobaron el dictamen que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Colima, medida con la que se incorpora el uso de lenguaje incluyente y no sexista en la máxima legislación de la entidad.
La reforma propuesta por la diputada del Partido del Trabajo, Evangelina Bustamante Morales, plantea en su exposición de motivos que “el evitar recurrir al uso del lenguaje incluyente y no sexista es una forma de contribuir en acrecentar las asimetrías, las desigualdades y las brechas entre los sexos”.
Así mismo, destaca que dicha reforma “recurre a diversas alternativas que exploran la creación de un lenguaje que refleje a la sociedad actual, un lenguaje que al comunicar recurra a la economía lingüística sin caer en redundancias innecesarias, que utilice términos inclusivos y guarde concordancia gramatical, y sobre todo que se ajuste a los principios de igualdad y no discriminación”, correspondiendo sobre todo con el avance en la conquista de derechos de las mujeres.
El dictamen fue aprobado por unanimidad y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”.
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Durante la sesión ordinaria de este lunes, diputados y diputadas eligieron a quienes habrán de integrar la Comisión Permanente durante el Segundo Periodo de Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, correspondiente al mes de septiembre de 2023, quedando conformada de la siguiente manera:
Presidencia: Kate Castillo
Vicepresidencia: Myriam Gudiño
Secretaría: Alfredo Álvarez
Secretaría: Patricia Ceballos
Vocalía: Julio Cano
Vocalía: Priscila García
Vocalía: David Grajales
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Este lunes, en Sesión Solemne, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura entregaron el Premio Estatal a los Adultos Mayores, en su edición 2023, evento en el que la presidenta de la Mesa Directiva, diputada Yommira Carrillo Barreto, reconoció a quienes, dijo, han invertido gran parte de su vida en construir las bases y los cimientos de nuestra sociedad, a quienes han entregado esfuerzo, dedicación, experiencia y sabiduría para la consolidación de lo que hoy somos como colectividad.
A su vez, Carrillo Barreto manifestó que, a diferencia del pasado, ahora desde el Estado poco a poco se avanza en este proceso de dignificar toda la experiencia y toda la aportación que han hecho y siguen haciendo a la sociedad las personas adultas mayores, regresándoles, “como dice el presidente de la República, tan solo un poco de lo mucho que han entregado al país”.
Durante esta Sesión Solemne, se hizo entrega del Premio Estatal a los Adultos Mayores 2023, en la categoría de Hombres y Mujeres de 100 años de edad o más a las ciudadanas y ciudadanos: María Guadalupe Zamora Guzmán, Margarita Carrillo Carriera, Nazario Torres Hernández, mientras que el reconocimiento al C. Gonzalo Jiménez Flores fue entregado In Memoriam a su hija Dolores Jiménez.
También se hizo la entrega del Premio Estatal a los Adultos Mayores 2023 en la categoría Hombres y Mujeres de 65 años de edad o más, a quien se ha destacado en Labor Humanística o Profesional, a la C. Ma. Elena García Rivera; a quien se ha destacado en el Deporte, al C. J. Cruz Lepe Anzar; a quien se destacado en el Arte, a la C. Lourdes Imelda Reyes Águila; y a quien ha destacado en la Ciencia, al C. Porfirio Díaz Morfin.
En su mensaje, la presidenta de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología del Congreso, diputada Myriam Gudiño, se congratuló por la entrega de este reconocimiento público a hombres y mujeres que destacan por su trayectoria y aportación social, por ser transmisores de sabiduría, amor y experiencia hacía las nuevas generaciones. Además, expresó que las personas adultas mayores constituyen una pieza muy importante en la sociedad, porque son nuestras guías, nuestros consejeros/as, nuestros amigos/as incondicionales, porque nos forman y nos transmiten valores e identidad, porque a menudo son las y los encargados de mantener unida a la familia, cuidan de los más pequeños e incluso en muchos casos son el sostén económico de sus familias.
A continuación, la presidenta de la Comisión de Bienestar, Inclusión Social y Equidad de Género, la diputada Sonia Hernández, manifestó a las y los galardonados que esta reunión y unión, se trata de ellas y ellos, y de cuán orgullosos deben sentirse, pues, a través de sus historias de vida, historias de lucha, con sus sueños interminables e inagotables, aunados a sus talentos, es como formaron historias que trascienden que hacer vibrar los corazones y a todo Colima, creando así, historias de colimenses destacados. Indicó que se pueden sentir satisfechos de cada uno de sus logros y metas cumplidas y de los proyectos que aun tengan por realizar, porque este es solo un paso más en su vida, y que con este reconocimiento se muestra el agradecimiento por labrar este camino “lleno de humanismo que ahora recorremos todas y todos y que nos llena de bienestar y nos permite tener esperanza”.
La encargada de despacho de la Secretaría de Bienestar, Inclusión Social y Mujeres del Gobierno del Estado, Licda. Zalia María Gutiérrez Verduzco, en representación de la gobernadora del Estado, Mtra. Indira Vizcaíno Silva, expresó que este evento es reflejo del reconocimiento y admiración que sentimos todas y todos por las personas que a través de su experiencia y camino han dejado huella en la vida de las y los colimenses. Luego de reconocer a cada una de las personas adultas mayores galardonadas, indicó que en esta fecha se celebra la vida y la admiración y señala que por primera vez el bienestar de este sector es una de las prioridades tanto del gobierno federal como del gobierno estatal. Manifestó que en ningún gobierno anterior se había visibilizado tanto a las personas adultas mayores, como en este gobierno de transformación, y finalmente, señaló que esta administración estatal garantiza los derechos de este sector y trabaja incansablemente para que en esta etapa de sus vidas, puedan llevarla a cabo con dignidad y justicia.
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En la sesión ordinaria realizada ayer jueves, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura aprobaron derogar la fracción V del Artículo 35 de la Ley que Previene, Combate y Elimina la Discriminación en el Estado de Colima, por considerarla violatoria de derechos humanos, pues prevé como requisito para ser Consejero Ciudadano del Consejo Estatal contra la Discriminación: “No haber sido condenado por delito intencional que merezca pena corporal”, vulnerando así el derecho humano a la no discriminación, derecho tutelado precisamente por dicha Ley.
De acuerdo con el Decreto aprobado, presentado en tribuna por la diputada Isamar Ramírez Rodríguez, queda como sigue:
“Artículo 35.- Los consejeros ciudadanos previstos en la fracción VII del artículo anterior deberán reunir, al menos, los siguientes requisitos: de la I a la IV. … V. DEROGADA”.
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Durante la última sesión ordinaria, la Sexagésima Legislatura aprobó un atento y respetuoso exhorto a la titular del Poder Ejecutivo del Estado de Colima para gestionar ante la SICT y el Batallón de Carreteras de la Guardia Nacional la implementación de diversas acciones para salvaguardar a las y los usuarios de la autopista Colima-Manzanillo.
El Punto de Acuerdo solicita a la Gobernadora Constitucional del Estado, Indira Vizcaíno Silva, a que sea “el vínculo y gestora ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes del Gobierno de México, así como del Batallón de Carreteras de la Guardia Nacional, para que se desarrolle una estrategia permanente, eficaz y coordinada con todas las Autoridades involucradas en la implementación de radares de velocidad, patrullaje de la Guardia Nacional, operativos permanentes de alcoholímetro y otras sustancias, la revisión de medidas y pesos de los transportes, la cero tolerancia e implementación de multas, detenciones y aseguramientos de unidades que no cumplan con los parámetros y medidas de seguridad, al igual que otras acciones que tengan como resultado la salvaguarda integral, física y patrimonial de las y los usuarios de la Autopista Colima-Manzanillo”.
El punto aprobado, presentado en tribuna por el diputado Armando Reyna Magaña, establece la necesidad de “palpables medidas que pueden materializarse para mitigar los accidentes en la Autopista Colima-Manzanillo”, abundando que es importante se desarrolle “una estrategia eficaz y coordinada con todas las autoridades involucradas, desde Federales, Estatales y Municipales, que tengan como resultado la salvaguarda integral, física y patrimonial de las y los usuarios de este tramo carretero. Reiteramos, que dichas medidas deben ser permanentes y no solo en un periodo vacacional”.
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Este jueves, en sesión ordinaria, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura aprobaron otorgar los premios a las y los Adultos Mayores 2023, a las ciudadanas y ciudadanos que han cumplido 100 años de edad o más, así como 65 años de edad o más, que se han destacado en diversas categorías.
De acuerdo con el Decreto aprobado, presentado en tribuna por la diputada Myriam Gudiño Espíndola, se entregarán reconocimientos a las y los ciudadanos María Guadalupe Zamora Guzmán, Margarita Carrillo Carriera, Nazario Torres Hernández y Gonzalo Jiménez Flores, quienes han cumplido 100 años de edad o más.
También se aprobó otorgar los premios a los Adultos Mayores 2023 en el Estado de Colima, a las y los ciudadanos de 65 años de edad o más que se han destacado en las siguientes categorías: Labor Humanística o Profesional, C. Ma. Elena García Rivera; el Deporte, C. J. Cruz Lepe Anzar; el Arte, C. Lourdes Imelda Reyes Águila; Ciencia, C. Porfirio Díaz Morfin.
Los reconocimientos serán otorgados en la Sesión Solemne, que al efecto convoque el H. Congreso del Estado, preferentemente el día 28 de agosto de 2023, fecha en que se celebra el Día Nacional del Adulto Mayor.
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+ La entrega se hará en sesión solemne el 12 de julio de cada año, en el marco del “Día del Abogado y la Abogada”.
Las y los diputados de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado aprobaron reformar el primer párrafo del Artículo 1º, así como su fracción segunda, y el párrafo segundo del Artículo 2 de la Ley que Crea Premios y Estímulos para los Colimenses, para crear en el Estado de Colima, de manera permanente, la Condecoración "Licenciada Margarita Torres Huerta”, que será otorgada a distinguidas abogadas y abogados, en diversas categorías.
De acuerdo con el Decreto aprobado, presentado en tribuna por el diputado Ignacio Vizcaíno Ramírez, se hará entrega de esta Condecoración a las distintas personas que, por su destacada labor, han sobresalido en sus respectivos ámbitos: Abogada o abogado litigante o postulante; por el mérito y trayectoria profesional; Investigadora o investigador jurídico; por sus aportaciones al ámbito jurídico; Impartición o procuración de justicia, por su destacado desempeño en el servicio público; y Docente de Derecho, por su trayectoria académica.
Al respecto, la diputada Andrea Naranjo Alcaraz se sumó a la tribuna para destacar la importante trayectoria de la Licda. Margarita Torres Huerta en el servicio público y en el ámbito de la impartición de justicia, lo que impulsó la participación política de las mujeres. Dio lectura a una semblanza de la Licda. Torres Huerta, en la que resaltó sus valiosas aportaciones como mujer abogada.
La entrega de esta condecoración se hará en sesión solemne en el marco del “Día del Abogado y la Abogada”, conmemorado el 12 de julio de cada año en México, por lo que para tal efecto las comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales elaborarán y emitirán en el mes de junio la convocatoria respectiva, en el que obren los requisitos, términos, procesos y deliberaciones.
Adicionalmente a las medallas y a los reconocimientos impresos en papel, podrán ser acompañados por un estímulo económico, cuyo monto será determinado conforme a la disponibilidad presupuestaria de los entes convocantes.
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Durante la última sesión ordinaria, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura aprobaron el Punto de Acuerdo presentado por la diputada Andrea Naranjo Alcaraz, para otorgar un reconocimiento honorífico, por su valentía y fe, a Timothy Lyndsay Shaddock y a la perrita Bella, por su aportación para mantener la esperanza de Timothy, cuya entrega se realizará en Sesión Solemne, en fecha que determine la Junta de Gobierno y Coordinación Política del H. Congreso del Estado.
Timothy Lyndsay Shaddock y la perrita Bella sobrevivieron durante tres meses comiendo pescado crudo y bebiendo el agua de la lluvia, después de que partieron a bordo de una embarcación desde el puerto de La Paz, en el mes de abril con rumbo a la Polinesia Francesa; una tormenta dañó la embarcación semanas después, quedando a la deriva y sin comunicación durante tres meses. En la Sesión Solemne propuesta, también se reconocerá a Don Antonio Suárez Gutiérrez, Presidente de Grupomar, así como a la tripulación del Buque “María Delia”, quienes rescataron a Timothy y Bella.
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Las diputadas y diputados de la Sexagésima Legislatura, durante la Sesión Ordinaria realizada este lunes, eligieron a la Mesa Directiva que continuará los trabajos del Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo Año de Ejercicio Constitucional del H. Congreso del Estado durante el mes de agosto, en la que fungirá en la presidencia la diputada Yommira Carrillo, y en la vicepresidencia, la diputada Isamar Ramírez.
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Las y los diputados de la Sexagésima Legislatura aprobaron el Decreto mediante el cual se otorgan estímulos fiscales a favor de las y los contribuyentes del Municipio de Ixtlahuacán, Colima, respecto de recargos y multas por falta de pago de impuesto predial, refrendo de licencias comerciales, o licencias para el funcionamiento de establecimientos cuyos giros sean la venta de bebidas alcohólicas.
De acuerdo con el Decreto aprobado, presentado en tribuna por la diputada Hilda Lizette Moreno Ceballos, “se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y de las multas impuestas por la falta de pago oportuno del impuesto predial, respecto al ejercicio fiscal 2023 y ejercicios fiscales anteriores”.
También “se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y de las multas impuestas por la falta de pago oportuno de los derechos por el refrendo de licencias comerciales, industriales y de servicios, así como de licencias para el funcionamiento de establecimientos o locales cuyos giros sean la venta de bebidas alcohólicas, respecto del ejercicio fiscal 2023”.
De igual manera, “se autoriza la ampliación del plazo para el refrendo de licencias comerciales, industriales y de servicios, así como de licencias para el funcionamiento de establecimientos o locales cuyos giros sean la venta de bebidas alcohólicas”.
En sus transitorios, el Decreto aprobado establece que “entrará en vigor a partir del día hábil siguiente al de su aprobación por el Poder Legislativo del Estado de Colima, y permanecerá vigente hasta el día 30 de septiembre de 2023”.
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Durante la Sesión Ordinaria de este lunes, las diputadas y diputados de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado aprobaron el dictamen que expide la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima, con el objetivo de regular la organización y funcionamiento de la FGE para el ejercicio de las atribuciones y obligaciones que las leyes le confieren, anteponiendo la certeza y seguridad jurídica en su funcionamiento, en beneficio de las y los colimenses.
Dichas modificaciones se basan en las solicitudes de Criterios Técnicos e Impactos Presupuestarios, tanto a la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Colima, así como a la Fiscalía General del Estado, que emitieron los criterios técnicos e impactos presupuestarios en sentido positivo, esto posterior al veto al Decreto No. 244 aprobado por el Pleno del Congreso en la Sesión Ordinaria número 15 del Primer Periodo Ordinario de Sesiones del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, celebrada el 26 de enero de 2023, en el cual se expedía la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima.
Las comisiones dictaminadoras constataron sustento constitucional y legal, por lo que algunas de las incorporaciones al Dictamen que expide la nueva Ley refieren lo siguiente: “se cambia la denominación de la Visitaduría General a Órgano Interno de Control, otorgándole atribuciones en armonía con lo dispuesto por la Ley General de Responsabilidades Administrativas”; y la creación de la Fiscalía Especializada en la Investigación del Delito de Feminicidio, a la que se le adscribe la Unidad de Análisis y Contexto, que contará con diversos profesionistas especializados en la persecución de dicho delito, con el fin de dar oportuna respuesta en el combate de este delito en el estado.
También se implementa el Servicio Profesional de Carrera, que permitirá a los integrantes de la FGE desarrollar sus conocimientos, habilidades y aptitudes, así como reforzar sus valores, con la finalidad de alcanzar “en forma integral su desempeño profesional, fomentando el sentido de pertenencia institucional, garantizando que la aplicación de las reglas para el ingreso, desarrollo, permanencia y terminación objetiva, justa, transparente e imparcial”.
De igual manera se abre un Capítulo de Ingresos Adicionales, mediante el cual la FGE podrá brindar diferentes servicios a los usuarios que así lo soliciten, como la expedición de un certificado que acredite la verificación alfanumérica de automotor; la expedición de un certificado sobre la existencia o no de reporte de robo de vehículo; la toma de muestra de perfil genético; así como diversos estudios médicos, químicos y de criminalística, con la intención de que la ciudadanía colimense pueda disponer de dichos servicios a un costo accesible, contando con certeza y seguridad jurídica para ellas y ellos. Es importante señalar que los servicios antes citados no tendrán ningún costo, cuando se desprendan de una investigación o procedimiento penal.
Dentro de sus transitorios, es importante referir que el Decreto aprobado entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial “El Estado de Colima”, abrogándose la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima, publicada en el periódico oficial “El Estado de Colima” de fecha 21 de agosto de 2018.
La persona titular de la Fiscalía General del Estado de Colima dispondrá de 180 días hábiles para expedir en términos de la presente Ley, el Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima. En tanto se emite el nuevo Reglamento, seguirá vigente el Reglamento Interior de la Fiscalía General del Estado en lo que no se opongan a las disposiciones establecidas en la presente Ley.
A partir de la entrada en vigor del Decreto, las menciones realizadas al Instituto de Capacitación y Formación Profesional de la Fiscalía General del Estado de Colima, en cualquier disposición normativa, deberán ser entendidas a la Dirección de Capacitación y Formación Profesional.
Se señala que, derivado de la creación de la Fiscalía Especializada en la Investigación del Delito de Feminicidio, a partir de la publicación de esta Ley, quedará sin efectos el acuerdo por el que se crea la Unidad Especializada para la Investigación y Persecución del Delito de Feminicidio y Otras Muertes Violentas de Mujeres, Niñas y Adolescentes, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”, en fecha 01 de octubre de 2022.
Por último, se establece que el H. Congreso del Estado realizará las reformas necesarias a la Ley de Hacienda para el Estado de Colima, como a la Ley de Ingresos para el Estado de Colima dentro del plazo de 60 días naturales a partir de la entrada en vigor del presente decreto para adecuar lo concerniente al apartado de Ingresos, mientras que las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto se realizarán con cargo al presupuesto aprobado a la Fiscalía General del Estado de Colima, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos.
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Al develarse en Sesión Solemne, por parte de representantes de los tres poderes del Estado, la placa con letras de color oro dentro del recinto legislativo del H. Congreso del Estado de Colima con la leyenda: “2023, Año de la Conmemoración del 500 Aniversario de la fundación de la Villa de Colima”, la Sexagésima Legislatura destacó que, tras los grandes desafíos vividos en estas tierras durante los últimos siglos, Colima se ha convertido en una tierra de gran riqueza cultural e histórica.
En su mensaje, la diputada Priscila García Delgado, Presidenta de la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado expresó que hace 500 años la Villa de Colima nacía como resultado del encuentro de dos mundos: el antiguo reino de Coliman, gobernado por el valiente Hueytlatoani Colímotl, y la llegada de los conquistadores españoles liderados por Gonzalo de Sandoval. En medio de grandes desafíos, este territorio floreció y se convirtió en lo que somos hoy: una tierra llena de riqueza histórica y cultural.
Señaló que, como autoridades, se tiene la responsabilidad de ser guardianes de la historia y de trabajar por el bienestar de las y los ciudadanos. La conmemoración de estos 500 años fundacionales brinda una oportunidad única para reflexionar sobre el papel como líderes en la construcción de un Colima más fuerte y próspero. Finalmente, expresó que es en momentos como este que debemos recordar que nuestro deber es servir con honestidad, transparencia y con un compromiso genuino hacia el bien común.
La Gobernadora del Estado, Indira Vizcaíno, señaló en su mensaje que hoy es un acto de profundo significado, ya que se conmemoran los 500 años de fundación de la primera villa de Colima, lo que nos debe invitar a la reflexión para analizar de manera profunda nuestro pasado, “a aquellos que sentaron las bases de lo que somos ahora como sociedad, pero también para reconocer nuestras carencias y el recordatorio de no olvidar nuestro pasado y a aprender las lecciones que nos ha dejado”.
Mencionó que ahora que tenemos la responsabilidad, “nos compromete con las y los colimenses del presente, pero sobre todo con las futuras generaciones”. Invitó a recodar que, a lo largo de la historia, cuando el pueblo de Colima se ha mantenido unido es cuando más ha dado respuesta a las adversidades. Finalmente, señaló que tenemos el imperativo moral, tanto quienes son servidoras y servidores públicos y también como colimenses, de dejar un mejor Colima de cómo la encontramos.
El magistrado José Alfredo Jiménez Carrillo, en representación del Poder Judicial del Estado, destacó un reconocimiento al pueblo de Tecomán, ya que sus habitantes se caracterizaron por ser un grupo de valientes guerreros que dieron frente a la conquista luchando por sus tierras y vencieron en las primeras ocasiones a los invasores españoles. Señaló que estos pasajes históricos son pieza fundamental para la identidad del estado de Colima y celebró que el Poder Legislativo esté develando una placa conmemorativa.
Posteriormente, durante su mensaje, la presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, diputada Myriam Gudiño Espíndola, expresó que para las y los legisladores es un honor develar la placa en este honorable recinto legislativo, “porque es una muestra significativa que nos permite pensar y cuestionarnos sobre estos 500 años de nuestra historia, de nuestras luchas, de nuestra construcción social y cultural”. Señaló que Colima, “a pesar de ser la cuarta entidad más pequeña de la República Mexicana, es símbolo de Dioses de fuego, de volcanes, de playas, de arqueología, de una exquisita gastronomía, de pueblos mágicos, de selva y de montaña. Es tierra también, de personajes ilustres como lo fue el maestro Gregorio Torres Quintero, y la Mtra. Griselda Álvarez Ponce de León, destacada mujer que hizo historia en las letras, y en la política nacional”.
Al relatar una reseña histórica, el Dr. José Salazar Aviña, Presidente de la Asociación de Cronistas de Pueblos y Ciudades del Estado de Colima, destacó que, después de reorganizarse tras intentos fallidos, se pudo someter a esta provincia de Coliman, al enfrentarse a unos cuantos miles de habitantes de estas tierras que les opusieron resistencia con valentía. Señaló que uno de los primeros cronistas de este pasaje histórico fue el propio Hernán Cortés, quien narra en sus escritos algunos detalles de la conquista de la provincia de Coliman. Así también, destacó las memorias de Lorenzo Lebrón de Quiñones, quien registró que ningún otro pueblo resultó tan defensivo al tiempo que les descubrieron los conquistadores como el de Tecomán. Finalmente, destacó que la cultura indígena es tan valiosa que forma parte de las políticas públicas de Colima, lo que aporta identidad a nuestra sociedad.
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+ Las inscripciones podrán realizarse desde el lunes 24 y hasta el viernes 28 de julio del presente, en horario de las 9:00 a 15:00 horas, en las instalaciones del Congreso del Estado.
Este viernes, en la Sala de Juntas “Prof. Macario G. Barbosa”, la diputada Myriam Gudiño Espíndola, presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, así como la diputada Sonia Hernández Cayetano, presidenta de la Comisión de Bienestar, Inclusión Social y Equidad de Género de esta Sexagésima Legislatura, presentaron en rueda de prensa la convocatoria al Premio Estatal a los Adultos Mayores, edición 2023, en la categoría de Hombres y Mujeres de 100 años de edad o más, así como en las categorías de Hombres y Mujeres de 65 años de edad o más, que se hayan destacado en labor humanística o profesional, el deporte, la ciencia y el arte, todas y todos ellos del estado de Colima.
Acompañadas de la encargada de despacho de la encargada de despacho de la Secretaría de Bienestar, Inclusión Social y Mujeres (Sebiinsom) del Gobierno del Estado de Colima, Zalia Gutiérrez Verduzco, así como del titular del titular del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores (IAAM), Juan Manuel Preciado Barbosa, y de la Procuradora de la Defensa del Adulto Mayor, Edit Munguía Preciado, convocaron a los Colegios de Profesionistas, Organismos Públicos, Sociales o Privados, Instituciones Públicas, Instituciones Educativas, Ciudadanía en General y demás Organizaciones relacionadas con los Adultos Mayores, a inscribir a Ciudadanas o Ciudadanos para la obtención del Premio Estatal a los Adultos Mayores en la categoría de Hombres y Mujeres de 100 años de edad o más, así como el Premio Estatal a los Adultos Mayores en las categorías de Hombres y Mujeres de 65 años de edad o más, que se hayan destacado en labor humanística o profesional, el deporte, la ciencia y el arte.
A partir de este lunes 24 de julio y hasta el 28 de julio de 2023, podrán hacerse las propuestas de los Adultos Mayores que consideren sean merecedores o merecedoras de los Premios antes mencionados, debiendo entregar toda la documentación en la Secretaría General de este H. Congreso del Estado, cuya oficina está ubicada en calle Calzada Galván S/N, esquina Los Regalado, Colonia Centro, de la Ciudad de Colima, Colima, en horario de las 9:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes.
En cuanto a los requisitos de la categoría de Hombres y Mujeres de 100 años de edad o más, son requisitos para ser acreedores o acreedoras al Premio Estatal a los Adultos Mayores, los siguientes: Tener 100 años de edad o más; ser originario u originaria del Estado de Colima, o que tengan su residencia efectiva en el Estado, mayor de 20 años; entregar copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, exhibir el acta original acompañada de una copia simple para su cotejo; presentar carta de residencia expedida por el municipio en el que tenga su domicilio, que acredite un mínimo de 20 años; y no haber sido reconocido con anterioridad por el H. Congreso del Estado en la categoría de 100 años de edad o más, ni en las categorías señaladas en ediciones anteriores.
Son requisitos para ser acreedores o acreedoras al Premio Estatal a los Adultos Mayores, en la categoría de Hombres y Mujeres de 65 años de edad o más, que se hayan destacado en labor humanística o profesional, el deporte, la ciencia y el arte, los siguientes: Contar con 65 años de edad, o más; ser originario u originaria del Estado de Colima, o que tengan su residencia efectiva en el Estado, mayor de 20 años; entregar copia certificada del acta de nacimiento o, en su caso, exhibir el acta original acompañada de una copia simple para su cotejo; presentar carta de residencia expedida por el municipio en el que tenga su domicilio, que acredite un mínimo de 20 años; haber contribuido en la categoría que participan a enaltecer, preservar y ser ejemplo de vida en las nuevas generaciones en el Estado de Colima; entregar una reseña personal de las y los aspirantes, en la que se fundamenten los méritos para ser acreedor o acreedora al premio estatal en la categoría de su elección, así como los reconocimientos, logros y actividades que acrediten su aportación a la sociedad; llenar un formato preestablecido con datos personales de las y los postulantes y aspirantes; y no haber sido reconocido por el H. Congreso del Estado en la categoría de 65 años o más, ni en las categorías señaladas en ediciones anteriores.
El Premio Estatal a los Adultos Mayores consistirá, para cada categoría, en el otorgamiento de un estímulo económico cuyo monto será determinado conforme a la disponibilidad presupuestaria, así como la entrega de un reconocimiento por escrito. Dichos reconocimientos se otorgarán sin perjuicio de otras distinciones que sean entregadas por las instituciones públicas, privadas y sociales de la entidad.
Sólo en la categoría deportiva, la premiación podrá ser individual o en equipo, dependiendo de la disciplina de que se trate. En el caso de ser un equipo el reconocimiento será de carácter grupal y se deberá otorgar el estímulo económico a cada uno de los miembros, cuyo monto será determinado conforme a la disponibilidad presupuestaria de los entes convocantes, como lo establece el artículo 2° de la Ley que Crea Premios y Estímulos para los Colimenses.
La entrega del Premio Estatal a los Adultos Mayores se hará en Sesión Solemne que al efecto convoque el H. Congreso del Estado, preferentemente el día 28 de agosto de 2023, fecha en que se celebra el Día Nacional del Adulto Mayor.
Accede a revisar la convocatoria completa en el siguiente enlace:
https://congresocol.gob.mx/web/Sistema/uploads/convocatorias/convocatoria%20adultos%20mayores%202023.pdf
Descarga el formato de registro en el siguiente enlace:
https://congresocol.gob.mx/web/Sistema/uploads/convocatorias/Formato%20de%20Registro%20Premio%20a%20los%20Adultos%20Mayores%202023.docx
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Durante la Sesión Ordinaria de este jueves, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura aprobaron reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones a la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Colima, con el objetivo de mejorar el ámbito de aplicación de esta norma y generar mayor certidumbre jurídica de los actos regulados por la mencionada Ley, coadyuvando al desarrollo económico de la entidad.
El Decreto aprobado, dictaminado por las comisiones de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, así como de Desarrollo Urbano, Medio Ambiente y Movilidad, tras la iniciativa de Ley con proyecto de Decreto suscrita por la diputada Priscila García Delgado, diputada única sin partido, y la suscrita por la Mtra. Indira Vizcaíno Silva, Gobernadora Constitucional del Estado, tiene como objetivo la simplificación, mejora, certidumbre y seguridad jurídica de los actos en materia de ordenamiento territorial, asentamientos humanos, desarrollo urbano y desarrollo metropolitano en nuestro territorio, propuestas que fueron resultado de diversas mesas de trabajo con los sujetos obligados y las autoridades involucradas en esta materia.
Las reuniones de trabajo se dieron con: Secretaría General de Gobierno, en coordinación con la Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad; la Consejería Jurídica; con la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI); la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX); el Colegio de Notarios del Estado de Colima; la Asociación de Agentes Inmobiliarios; la Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda (CANADEVI), así como otros sectores de la población.
En estas reuniones se analizaron temas que van desde las definiciones generales de esta Ley, además de “la nulidad de actos; las obligaciones de las y los fedatarios públicos; las limitaciones de registro y de operaciones catastrales; las atribuciones del Ejecutivo del Estado; las atribuciones de los ayuntamientos; las atribuciones de la dependencia municipal; el derecho de preferencia; mecanismos y plazos para ejercer el derecho de preferencia; del crecimiento; del Dictamen de Vocación de Suelo; de la Concurrencia; de los requerimientos; de sus modalidades; la inscripción de actos; los documentos; de los criterios aplicables en el proyecto; del Consejo Municipal; del Dictamen Técnico y de Congruencia; de la Autorización del Proyecto; de la vigencia del proyecto; de sus documentos; de sus modalidades; de la urbanización por etapas; de las garantías; de los informes de supervisión municipal; de la ejecución de garantías; del contenido de las escrituras; de sus documentos; de su procedimiento; de los plazos para emitir el dictamen; del proceso de publicación e inscripción; del objeto del acto de entrega recepción; de su procedimiento; del acto de entrega recepción; del cuidado de las áreas comunes; de las áreas no urbanizables; de la subdivisión o relotificación de predios urbanos; de la nulidad de licencias y de nulidad de actos jurídicos”.
Derivado de las reformas, adiciones y derogaciones, este Decreto en sus Artículos Transitorios establece que “en un plazo no mayor a doce meses, contado a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, el Poder Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad, deberá emitir el Reglamento de esta Ley”.
También establece que “los ayuntamientos procederán a revisar, adecuar y publicar todas las disposiciones reglamentarias relacionadas con los contenidos de este instrumento en un plazo no mayor de 12 meses contado a partir de la vigencia del presente Decreto”. De igual manera, “dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley, los ayuntamientos propondrán los proyectos de modificación a sus leyes hacendarias remitiéndolas al Congreso del Estado para su aprobación proponiendo los derechos y aprovechamientos aplicables derivados del presente Decreto”, entre otras disposiciones.
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Las y los diputados de la Sexagésima Legislatura del H. Congreso del Estado de Colima aprobaron, durante la Sesión Ordinaria realizada este jueves, adicionar y reformar diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, con la finalidad de instituir en esta Ley la crianza positiva como una práctica de cuidado, protección, formación y guía que ayuden al desarrollo, bienestar, crecimiento saludable y armonioso de las niñas, niños y adolescentes.
De acuerdo con el Decreto aprobado, expuesto en tribuna por la diputada Myriam Gudiño Espíndola, en este se toma en cuenta la edad, facultades, características, cualidades, intereses, motivaciones, límites y aspiraciones de las niñas, niños y adolescentes, sin recurrir a castigos físicos ni o tratos crueles y humillantes, salvaguardando el interés superior de la niñez con un enfoque de derechos humanos, así como una serie de requisitos que deben tener los centro de asistencia social responsables de garantizar la integridad física y psicológica de las niñas, niños y adolescentes.
Todo lo anterior, con el objetivo de que, en materia de niñez, el Estado disponga y reconozca el principio de crianza positiva, en lo particular de los requisitos de los centros de asistencia social.
Por tanto, en el Decreto aprobado se adiciona la fracción VII BIS al Artículo 4; la fracción XXVI al Artículo 119, reformándose las fracciones XXIV, XXV del mismo artículo, así como la fracción I del Artículo 108 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Colima, para quedar como sigue:
“Artículo 4º. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: I a la VII.- ... VII BIS. - Crianza positiva: Conjunto de prácticas de cuidado, protección, formación y guía que ayudan al desarrollo, bienestar, crecimiento saludable y armonioso de los niñas, niños y adolescentes, tomando en cuenta su edad, facultades, características, cualidades, intereses, motivaciones, límites y aspiraciones, sin recurrir a castigos físicos ni o tratos crueles y humillantes, salvaguardando el interés superior de la niñez con un enfoque de derechos humanos; VIII a la XXXVII.- ...”.
“Artículo 108. … I.- Que quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, los cuiden y atiendan; protejan contra toda forma de abuso: los traten con respeto a su dignidad y orienten, a fin de que conozcan sus derechos, aprendan a defenderlos y a respetar los de otras personas a través de la crianza positiva. II. a la IV. …”.
“Artículo 119. … I a la XXIII.- ... XXIV. Desarrollar todos los mecanismos necesarios para el cumplimiento de la presente Ley; XXV. Garantizar que niñas, niños y adolescentes tengan acceso a agua potable para su consumo e higiene; y XXVI. Impulsar acciones paro fomentar la crianza positiva a quienes ejercen lo patria potestad, tutela, guarda, custodia o cualquier persona que incido en la crianza y/o cuidado de niñas, niños y adolescentes”.
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+ Desarrolladores han externado que los ayuntamientos han aplicado la nueva legislación a los proyectos que legalmente iniciaron antes del 31 de diciembre de 2022.
Durante la sesión ordinaria de ayer jueves, las y los diputados de la Sexagésima Legislatura aprobaron un atento y respetuoso exhorto a los diez H. Ayuntamientos del Estado y a los Organismos Operadores de Agua Municipales, a fin de atender a cabalidad el Artículo Cuarto Transitorio de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Colima, publicada en el Periódico Oficial “El Estado de Colima” el 31 de diciembre de 2022, “para que los fraccionamientos, condominios, conjuntos urbanos o urbanizaciones en general y proyectos de construcción que a la fecha de entrar en vigor de esta Ley se encuentran en cualquier fase de autorización, sigan desarrollándose observando las normas vigentes al momento de su inicio”.
Presentado en tribuna por el diputado Rubén Romo Ochoa, el documento expone que han existido una serie de acercamientos del Poder Legislativo con la Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda (CANADEVI) y otros desarrolladores y desarrolladoras, “los cuales nos ha externado que los ayuntamientos han aplicado la nueva legislación a los proyectos que legalmente iniciaron antes del 31 de diciembre de 2022”.
Dicho ordenamiento dispone en su artículo Cuarto Transitorio lo siguiente: “Los fraccionamientos, condominios, conjuntos urbanos o urbanizaciones en general y proyectos de construcción que a la fecha de entrar en vigor de esta Ley se encuentran en cualquier fase de autorización, seguirán desarrollándose observando las normas vigentes al momento de su inicio”.
Mencionó que resulta “lo suficientemente claro que, las disposiciones de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Colima, no le es aplicable aquellos fraccionamientos, condominios, conjuntos urbanos o urbanizaciones en general y proyectos de construcción que iniciaron antes de la entrada en vigor de la Ley en cita”.
Si los fraccionamientos, condominios, conjuntos urbanos o urbanizaciones en general y proyectos de construcción, iniciaron antes del 31 de diciembre de 2022, le serán aplicables aquellas disposiciones que estaban vigentes en el momento de su inicio legal, entre estas normas, la ahora abrogada Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Colima, publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el sábado 7 de mayo de 1994, agregó.
Por tanto, se hizo este llamado respetuoso a todas las Autoridades Municipales en competencia de urbanización, en razón de atender a cabalidad el Artículo Cuarto transitorio señalado en la mencionada Ley.
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